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23/02/2007
Mi noticia del día 23-02-07

Hoy leo en elmundo.es:
EL TRIBUNAL CONVALIDA LOS ACUERDOS CON LA IGLESIA
Profesores de Religión denuncian que el TC les confunde 'con sacerdotes o monjas'
- Falló en contra de una docente divorciada que fue despedida tras mantener otra relación
- Otra asociación de docentes aplaude que se desautorice a quienes critican los acuerdos
MADRID.- El aval dado por el Tribunal Constitucional a los obispos para que puedan elegir o despedir a los docentes de Religión en base a su conducta ha generado una cadena de reacciones en sentidos opuestos. Desde la indignación de la principal afectada, una profesora canaria despedida por mantener otra relación tras su divorcio, pasando por la petición de una asociación de este colectivo y de sindicatos de la supresión de los acuerdos con la Iglesia, hasta la congratulación de otra organización por el fallo del Tribunal.
El fallo del TC viene motivado por la remisión, por parte del Tribunal de Justicia de Canarias, del caso de la profesora de religión María del Carmen Galayo Macías, a quienes las autoridades eclesiásticas de la isla no le renovaron el contrato por mantener una relación afectiva con un hombre distinto de su esposo, del que se había separado.
La sentencia considera que "el hecho de que el objeto de la enseñanza religiosa lo constituya no sólo la transmisión de unos determinados conocimientos sino también la fe religiosa de quien la transmite, puede implicar un conjunto de exigencias que desbordan las limitaciones propias de una empresa".
Galayo Macías, que está suspendida en el ejercicio de la docencia como profesora de religión desde hace siete años se ha mostrado "indignada" por la sentencia del TC, que llevará al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Según la docente, "parece que estamos en la época de la Inquisición porque si te separas de tu marido, te vas de copas, tienes un hijo soltera o te afilias a un sindicato, te retiran esa idoneidad".
"No soy cura, ni monja, ni he hecho voto de castidad", sin embargo, a "los curas pederastas no los retiran y dan clase de religión" católica, criticó Galayo, quien consideró una "aberración" esta primera sentencia del TC sobre este asunto, que afectará -advirtió- a otros 14 casos similares al suyo sobre los que está pendiente de pronunciarse.
Confundidos con 'monjas y curas
El vicepresidente de la Asociación Nacional de Profesores de Religión, Luis Guridi, ha expresado su respeto por las decisiones judiciales aunque discrepó "absolutamente" de la sentencia del Constitucional.
A su juicio, el Constitucional confunde a los profesores de Religión "con sacerdotes o monjas" cuando "los docentes no tienen voto de obediencia a los obispos y además son "mayoritariamente laicos o seglares". Según Guridi, la misión de los profesores de Religión no es dar catequesis o adoctrinar a los alumnos sino "decir lo que la Iglesia piensa".
Luis Guridi anunció que seguirán "luchando" contra estas injusticias, y dijo que la Asociación estudiará la posibilidad de recurrir en España y la de llevar el caso a los tribunales europeos.
Advirtió, además, que el fallo del Tribunal Constitucional no ha tenido en cuenta la ley que se aprobó el pasado año y que estableció que los profesores de Religión se rigen por el Estatuto de los Trabajadores.
El vicepresidente de la Asociación Nacional de Profesores de Religión criticó este fallo porque, a su juicio, va a ser "un paso más hacia el talibanismo absoluto católico" y comparó la situación actual con el "nacionalcatolicismo" de los años cuarenta y cincuenta.
Visiones opuestas
Desde la Confederación de Sindicatos de Trabajadores y Trabajadoras de la Enseñanza - Intersindicales (STES-I), se ha subrayado la necesidad de que se deroguen los Acuerdos Iglesia-Estado, ya que que "algunos preceptos son inconstitucionales". "No sólo comprometen a las personas que imparten esa materia, que deben destacar, según la sentencia, por su recta doctrina y el testimonio de su vida cristiana, sino a todo el sistema educativo".
Asimismo, denunció que estos acuerdos "suponen la consagración de unos privilegios para una confesión religiosa que en un estado laico no tienen razón de ser". En esta línea, recordó que, en la actualidad, las 17.000 personas que ejercen esta función son pagadas por el Estado, "a pesar de que es el Episcopado quien les elige y despide a su antojo".
Sin embargo, la resolución ha sido acogida de buen grado en otra de las asociaciones integradas por docentes de Religión. El vicepresidente de la (APPRECE), Rafael Martín, considera que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) porque "le quita la razón y los argumentos a los que vienen defendiendo que los Acuerdos Iglesia-Estado son inconstitucionales".
"Quienes han coaccionado los concordatos han quedado desautorizados. Nos congratulamos de que haya sido este alto tribunal el que les haya quitado la razón y los argumentos", aseguró Martín, quien no quiso "entrar en la vida íntima" de la profesora de Religión despedida.
Asimismo, consideró "de sentido común" el que sea el obispo el que declare la idoneidad del profesor de Religión porque, según recordó, "la asignatura es confesional" y "el que representa la confesión católica en cada diócesis es el obispo".
Si eres político y robas, juez y prevaricas te suspenden por una temporada, pero si eres profesor de religión católica, te separas y te enamoras de otra persona, pierdes tu puesto para toda la vida. Y no olvidemos que los tres cobran del erario público.
El tribunal constitucional acaba de dejar claro que para trabajar como profesor de religión hay que tener una conducta moral intachable desde el punto de vista del patrono, hecho este que hasta ahora sólo pasaba en los clubs de alterne, dónde si no eras puta no trabajabas. Es la única consecuencia sensata de esta sentencia, la equiparación de la religión con el alterne (ver la máxima mínima de Heinlein).
Es el momento de revisar quién es quién en las riendas del poder, quienes los han puesto allí y a quienes hay que pasar factura. Permitir la ingerencia de la iglesia en el estado es un grave error, pero que esto pase con un partido de izquierdas en el poder y con una mayoría “progresista” en el TC es para poner los pelos como escarpias.
Por otro lado el tema de la clase de religión colea desde hace tiempo. Si el estado la ofrece no evaluable, la iglesia dice no porque los alumnos van a pasar de ir a clase, si la ofrece como suplementaria, no, porque nadie se va a matricular, ya que no hay nadie menos religioso que un católico, si la ofrece optativa con una “maría”, no porque todos cogerán la “maría” que es más fácil, e igual de inútil, y si la ofrece optativa con, por ejemplo, un segundo idioma, no porque los padres, por muy católicos que sean, prefieren que sus hijos aprendan algo útil. Naturalmente la iglesia, lo diga o no, la quiere obligatoria, evaluable y subvencionada. Los que creen en otras religiones y sobre todo los que no creemos en nada, para la iglesia sólo tenemos derecho a la hoguera.
A mi entender todas las creencias deben ser respetadas siempre que sean tolerantes con las creencias de los demás, y deben ser las iglesias las que financien e impartan los ritos, catequesis y demás actividades. Pero mientras el estado financie cualquier actividad de cualquier institución, esta no debería más que ver, oír y callar.
16/01/2007
Noticia previa. Caso Farruquito.

(29-07-05) Farruquito no tendrá que ingresar en prisión al ser condenado a una pena mínima
El bailaor Juan Manuel Fernández Montoya "Farruquito" ha sido condenado a dos penas de ocho meses de prisión por delitos de imprudencia y omisión del deber de socorro, por el atropello mortal de un peatón en septiembre de 2003, en Sevilla. La sentencia, notificada este viernes a las partes, impone al bailaor una pena mínima con respecto a los cuatro años y un mes de prisión que había pedido el fiscal en el juicio, e incluye el pago de una indemnización de 102.000 euros a la viuda de la víctima, María Ángeles Madero, y dos indemnizaciones de 8.200 euros a los padres de Benjamín Olalla.L D (EFE)
El veredicto absuelve a los cinco restantes acusados, que habían sido imputados de urdir una trama para inculpar del atropello al hermano menor del bailaor, porque la juez decreta la nulidad total de las escuchas telefónicas de la Policía en las que se basaron estas acusaciones."Farruquito" "se ha emocionado y se ha puesto muy contento" cuando su abogado le ha comunicado por teléfono minutos después de conocer la sentencia la pena mínima que le ha impuesto un juzgado de Sevilla por el atropello mortal de un peatón, y que le libra de la cárcel. El bailaor, que se encuentra en Barcelona por motivos de trabajo, fue informado por su abogado, Benito Saldaña, desde las puertas mismas del juzgado, de la sentencia, que le impone dos penas de ocho meses de prisión, muy alejadas de los cuatro años y un mes que había pedido el fiscal.
La sentencia contiene la curiosidad de haber aplicado a "Farruquito" el atenuante de confesión de los hechos, a pesar de que sólo lo reconoció seis meses después del atropello y cuando ya había sido descubierto por la Policía, ya que la juez anula las escuchas telefónicas en que se basaron las investigaciones y, por lo tanto, considera que su confesión fue la primera noticia que se tuvo de lo acaecido.
Las dos penas de ocho meses impuestas por los delitos de homicidio por imprudencia y omisión del deber de socorro significan que "Farruquito" no tendrá que ingresar en la cárcel, ya que, además de carecer de antecedentes, se ha declarado dispuesto desde el primer momento a abonar las indemnizaciones a la familia de la víctima. En este sentido, la sentencia impone al acusado el pago de una indemnización de 102.000 euros a la viuda de la víctima y dos indemnizaciones de 8.200 euros a los padres.
Cuando juzgo este caso, mi primera impresión es decir:
¡Pero que cabrón! Conduce sin carnet, a mil por hora, atropella y mata a un conciudadano en un paso de cebra, se da a la fuga, y cuando lo pillan le carga el mochuelo a su hermano.
Y encima gitano. ¡Cadena perpetua!
¡Pero no! ¡Qué lapsus! (parezco zp). Ya no manda el caudillo. Ahora soy demócrata. Y el reo pertenece a una etnia a la que hay que apoyar en su integración social, y la justicia democrática la apoya con tesón. Pertenece además a una clase social alta (tiene pasta), y la justicia democrática la apoya con el mismo tesón.
Bueno, no tenía carnet, pero “se le supone” que sabía conducir desde su más tierna infancia (como todos los de su raza). Sin un radar que lo demuestre, es posible que fuera a cincuenta, y además miró por el retrovisor para ver como otros lo auxiliaban, con lo que no se dio a la fuga.
¡Inocente!
¿Pero, cómo arreglo lo del mochuelo…? Ah!, ya sé. Anulo la escucha policial (que torpes estos polis), y así el que confiesa es el pobre chaval, tan injustamente acusado.
Y si el pueblo no traga, se lo dejo fácil al supremo, para que le echen nueve meses, no sea que el chaval se nos suicide en la cárcel y nos acusen de genocidio.
Noticia previa
Farruquito irá finalmente a la cárcel
AGENCIAS. 05.09.2006 - 23:21h
'Farruquito' en la Audiencia de Sevilla. (Eduardo Abad / Efe)
La acusación había recurrido la anterior sentencia, en la que el bailaor fue condenado a 16 meses de cárcel. Esta ha sido aumentada a tres años, por lo que tendrá que ingresar en la cárcel.
La Audiencia Provincial de Sevilla aumentó a tres años la condena para el bailaor Juan Manuel Fernandez Montoya 'Farruquito' por el atropello mortal de un hombre, cuando el artista conducia un vehículo el 30 de septiembre de 2003 por una calle de Sevilla.
La sección septima de la Audiencia condena al artista por dos años por un delito de homicio imprudente y uno más por otro de omisión del deber de socorro. Además, fija una indemnización de 102.483 euros para la viuda de la victima y de 16.550 para los padres del fallecido, Benjamin Olalla, de 35 años.
Modificación de la sentencia.
La sentencia de hoy modifica la dictada en mayo de 2005 por el juzgado de lo penal numero 8 que condenó al bailaor a dieciseis meses de prisión por los mismos hechos.
El procesado mintió antes, durante y después, trató de ocultar la verdad.
El dictamen judicial se emite después de que el pasado 28 de junio se celebrara una vista en la citada sección para analizar los recursos de apelación presentados por las partes contra la sentencia emitida en su día por el Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla. En la citada vista, el ministerio fiscal del caso de 'Farruquito', tras ratificar el recurso interpuesto contra la sentencia, reclamó que las escuchas telefónicas realizadas por la Policía debían ser admitidas. Se mostró además "completamente" en desacuerdo con las atenuantes contempladas y, estimó, el procesado "mintió antes, durante y después. Trató de ocultar la verdad".
El ingreso en prisión, sin fecha.
Según la nueva sentencia, Farruquito deberá ingresar en la cárcel, aunque sólo deberá pasar en ésta la cuarta parte de la condena (nueve meses), como un preso más. El resto del tiempo de condena podrá disfrutar de prisión en tercer grado, ya que no tiene antecedentes anteriores. Su abogado ha admitido que su ingreso en prisión "es una posibilidad", aunque ha aclarado que aún no hay fecha.
Bueno, el pueblo no tragó y parece que al fin ingresará en prisión.
De todos modos si por conducir un vehículo a gran velocidad y saltarse un semáforo causando la muerte de un peatón que atravesaba la calzada correctamente por un paso de peatones, dándose a la fuga sin socorrer al atropellado y al ser descubierto mentir a las autoridades imputando el delito a su hermano que, al ser menor de edad, no puede ser objeto de sanción grave, y sólo tras ser pillado en unas escuchas policiales confesar, te caen nueve meses "efectivos", la misma pena que un embarazo, es el momento de plantearse que tipo de justicia tenemos.
Y si nos quedamos satisfechos con esta sentencia porque es menos sinvergüenza que la primera, es el momento de plantearse que tipo de democracia tenemos.
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La juez manda a Farruquito a prisión y no acepta ponerle una multa (PD/Agencias)
(PD/Agencias).- La juez de Sevilla que enjuició el atropello mortal cometido por el bailador Farruquito ha rechazado sustituir el ingreso en prisión por una multa o trabajos comunitarios, al considerar que el procesado cometió un delito “grave” y “quebró las normas elementales de solidaridad humana” al darse a la fuga.
La juez de lo penal 8, en un auto al que ha tenido acceso EFE, rechaza la petición del abogado de Farruquito y dice que la sustitución de la cárcel por multa o trabajos comunitarios es un recurso “excepcional”, que no considera aplicable en este caso.
El auto recoge que Juan Manuel Fernández Montoya, Farruquito, cometió unos hechos “graves” que revelan su desprecio por las normas, lo que se materializa en la conducción de un vehículo potente, careciendo del permiso de conducir y del seguro, a velocidad excesiva y rebasando semáforos en rojo", con el consiguiente "desprecio a la vida e integridad de los viandantes".Además, el atropello cometido el 30 de septiembre de 2003 en una calle de Sevilla, el bailador “quebró las elementales normas de solidaridad humana cuando se dio a la fuga y por último involucró a su hermano menor para eludir la responsabilidad de su proceder", añade el auto en referencia a los seis meses durante los cuales el artista mantuvo ante la Policía que su hermano de 16 años había sido el autor del atropello.
Concederle la suspensión del ingreso en la cárcel “quebraría el respeto a las normas”
La juez cree que concederle la suspensión del ingreso en la cárcel "quebraría el respeto de las normas y se quebraría además la importante función de prevención general que cumplen las penas".Fuentes judiciales apuntan que el ingreso en prisión de Farruquito no será inminente, pues su letrado puede recurrir ante la Audiencia este último auto judicial.
La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla condenó el pasado 5 de septiembre a Farruquito a dos años de cárcel por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad en el tráfico, y a un año más por omisión del deber de socorro.El bailaor tendrá que pagar además dos multas de 36.500 euros, una por la omisión del deber de socorro y otra como autor de un delito de simulación de delito.
Un paso más en su peregrinar hacia la cárcel. No nos extraña que haga todo lo que pueda para eludir este cachetillo de nuestra judicatura, viendo como trató de eludir toda responsabilidad en este desgraciado "accidente", perdón, atentado, perdón, ya no sé lo que me digo, me acabo de colar de noticia.
Mi noticia del día 16-01-07
Hoy leo en el abc digital:
El bailaor Farruquito ingresa en la prisión Sevilla II
EFE | SEVILLA
El bailaor Juan Manuel Fernández Montoya 'Farruquito' ha ingresado hoy a las 17.17 horas en el centro penitenciario de Sevilla II, tres años después de atropellar mortalmente a Benjamín Olalla en una calle de Sevilla.
'Farruquito' fue condenado el pasado 5 de septiembre por la Audiencia Provincial de Sevilla a dos años de cárcel por homicidio imprudente en concurso con un delito contra la seguridad en el tráfico, y a un año más por omisión del deber de socorro.La juez de Sevilla que dictaminó sobre el atropello mortal cometido por el bailaor, de 24 años, dictó el pasado 30 de octubre un auto en el que rechazó sustituir los tres años de cárcel por multa o trabajos comunitarios, ya que el procesado cometió un delito "grave" y "quebró las elementales normas de solidaridad humana" al darse a la fuga.
Llega en un coche de gran cilindrada
El artista llegó esta tarde a la prisión sevillana en un coche de gran cilindrada flanqueado por otros dos vehículos donde se ubicaban una docena de personas que, según parece, eran familiares.'Farruquito', aparentemente tranquilo, se bajó del vehículo ataviado con ropa deportiva y con unas grandes gafas de sol, cogió del maletero del coche dos mochilas y se dirigió -sin hacer declaraciones a pesar de los requerimientos de los periodistas- a la verja de entrada a la cárcel acompañado por sus familiares para introducirse en la sala de visita, donde se despidieron.Según fuentes de la prisión, 'Farruquito' será sometido a un reconocimiento médico antes de ubicarle, posiblemente, en el pabellón de admitidos para, posteriormente, mantener una conversación con un psicólogo.
Al fin Farruquito entra en prisión. Hoy es el día en que se hace justicia. ¡Qué gran victoria de la justicia democrática española!
Parece ser que sólo le caen tres años, que con redenciones y demás serán un descansillo entre gira y gira flamenca a costa de nuestros impuestos. Si en vez de absolverlo de facto en el primer juicio se le hubiera condenado con la misma pena que se le impone ahora, hablaríamos de injusticia. Así hablamos de reparación
¡Qué Fácil es callar la boca al cabreado pueblo español!
¡Qué listos son los jueces en este país!




